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    Ordenanza municipal de Alella

    08.11.2019

    Regulación asociaciones cannábicas en Alella

    Contexto
    Alella. Las ordenanzas municipales que regulan la actividad de los Clubes Sociales de Cannabis (CSC) surgieron como respuesta a una doble necesidad. Por un lado, algunos representantes de los CSC pedían un marco normativo más definido y más seguridad jurídica a los partidos políticos locales. Por otro lado, ante el crecimiento exponencial de CSC en determinados municipios, las administraciones locales (que son las que están más en contacto con la convivencia y sus conflictos asociados) necesitaban instrumentos de control y sanción ante una nueva realidad que demasiado a menudo se ha abordado desde el estigma y la desconfianza (más o menos en función del color político de cada ayuntamiento). También, desde la publicación de la Resolución SLT/32/2015 del Parlamento de Catalunya, se produjo un cierto “efecto llamada” (suspendida a petición del gobierno de Rajoy).

    Estas ordenanzas y las licencias que de ellas se derivan, regulan distintos aspectos de la actividad de las sedes sociales de los CSC, por ejemplo: aspectos urbanísticos (distancia respeto a otros CSC o centros educativos y de salud), condiciones de seguridad, salubridad e higiene y, elementos de control de aforo, horarios de apertura, etc. Por otro lado, en algunos municipios se han incluido medidas de reducción de riesgos, de limitación de venta de bebidas alcohólicas o de formación del personal trabajador más propias del ámbito de la Salud Pública.

    En este mapa podréis encontrar las ordenanzas municipales aprobadas que regulan la actividad de las asociaciones cannábicas de diferentes municipios del Estado español, desglosando los criterios establecidos en cada población.

    Si alguna información no es correcta o hay alguna novedad no registrada, por favor, escribe un correo electrónico a info@iceers.org y lo modificaremos.

    Antecedentes

    Antecedentes históricos en España
    El primer municipio en aplicar este tipo de legislación, sin tener en cuenta la provincia de Cataluña, fue Donostia (San Sebastián) en el año 2014 con el objetivo de «limitar los riesgos asociados a las dependencias y garantizar los derechos de los consumidores y de los que no consumen» (Jon Albizu de Bildu).

    Esta ordenanza regulaba los sitios en los que estos clubes no podían abrirse (cerca de colegios o centros de salud), establecía un horario de apertura entre las 8 de la mañana y las 12 de la noche y restringía su acceso a los menores de 18 años, entre otros.

    Antecedentes históricos en Cataluña
    En Cataluña el primer municipio en aprobar una ordenanza municipal que regulara los CSC fue Girona el año 2014.
    En ella se regulaban los mismos puntos que en Donostia, pero añadía el aforo máximo, la obligatoriedad de mantener un registro de socios y los sistemas de ventilación obligatorio. También incluía la posibilidad de ser asistido por un profesional a la hora de orientarse con el consumo y sus riesgos.

    Criterios

    Características del local
    Acceso independiente del resto del edificio. Accesibilidad pública concurrencia.

    Servicio de información y asesoramiento sobre riesgos y daños
    Obligatorio

    Ventilación
    Sistema de extracción forzada hasta cubierta. Salidas a más de 3m de las entradas de aire. Ventanas no practicables.

    Distancia mínima respecto a lugares protegidos
    300 m

    Distancia mínima respecto a otras asociaciones de consumidores
    300 m

    Superficie máxima del local
    100 m2 de superficie útil

    Aforo máximo
    Según la normativa de densidad de ocupación

    Periodo de carencia
    15 días

    Requisitos de acceso
    Mayores de edad, aval de otro socio/a, ser consumidor habitual de cannabis.

    Hora de apertura
    11 h

    Hora de cierre
    De Lunes a jueves a las 22.00h, Sábados y Domingos a las 24.00h

    Máximo horas de apertura
    8 h

    Publicidad y visibilidad
    Prohibida la publicidad y la visibilidad del interior desde la vía pública.

    Venta de otros productos
    Prohibida la venta de alimentos y bebidas

    Cultivo
    Prohibido el cultivo dentro del club.

    Otras prohibiciones
    Prohibido consumir otras drogas o bebidas alcohólicas dentro del local.

    Rotulación en la puerta
    Prohibido a menores de edad

    Situación actual en Alella

    Enlaces
    Edicto del Ayuntamiento de Alella

    Categories: info , Cannabis , Cannabmed
    Tags: cannabis , ordenanza , club social de cannabis , política de cannabis