Jesús Alonso Olamendi | 28 enero 2026
La Organización Mundial de la Salud (OMS), a través de su Comité de Expertos en Farmacodependencias (ECDD, por sus siglas en inglés), concluyó en octubre de 2025 su 48.ª reunión con una revisión crítica de la clasificación internacional de la hoja de coca. Contra las expectativas de comunidades indígenas, organizaciones de la sociedad civil y defensores de políticas basadas en la evidencia, la OMS recomendó mantener la hoja de coca en la Lista I de la Convención Única de 1961, la categoría más restrictiva del sistema internacional de control de sustancias.
Como ha señalado ICEERS en su análisis de este proceso, el resultado «trasciende las consideraciones técnicas. Para amplios sectores académicos, comunitarios e institucionales, la decisión representa una oportunidad perdida de reparar el daño histórico: la criminalización internacional de una planta con usos tradicionales, culturales y medicinales profundamente arraigados en la región andino-amazónica, incorporada al régimen global de drogas en un contexto marcado por el colonialismo y la exclusión de las comunidades directamente afectadas».
Paradójicamente, el propio informe técnico de la OMS reconoce que el uso tradicional de la hoja de coca (masticada o en infusión) no representa un riesgo grave para la salud pública y destaca su importancia cultural y potencial terapéutico para los pueblos indígenas. Sin embargo, la decisión de mantenerla prohibida se fundamentó en criterios de «convertibilidad»: la supuesta facilidad con que sus alcaloides pueden extraerse para producir cocaína, sumada al contexto de aumento global en la producción de esta sustancia.
Pese al bajo riesgo, continúa la prohibición
El informe técnico que sustenta la revisión crítica ofrece una lectura más compleja de lo que el resultado final sugiere. En la sección relativa a salud pública, la revisión concluye que la literatura examinada «no revela evidencia de daño clínicamente relevante para la salud pública asociado con el uso tradicional de la hoja de coca». Simultáneamente, el documento reconoce la existencia de impactos sustanciales vinculados a las políticas de control históricamente aplicadas sobre la coca.
No obstante estos hallazgos, el comité decidió mantener la hoja de coca bajo control internacional estricto. La razón principal aducida fue que cumple el criterio de convertibilidad establecido por los tratados: el comité enfatiza que la hoja contiene cocaína como alcaloide natural y que su extracción y refinamiento pueden llevarse a cabo mediante procesos considerados directos y accesibles.
La continuidad de la prohibición internacional de la hoja de coca tiene repercusiones que trascienden la prevención de la adicción. Desde un enfoque de salud integral —que incluye el bienestar social, cultural, jurídico y psicológico—, los daños colaterales de esta política prohibicionista resultan notables.
Consecuencias de la prohibición: más allá de la salud física
La hoja de coca constituye una planta sagrada y elemento central en la vida cultural de numerosos pueblos andinos y amazónicos. Al criminalizarla, se estigmatiza a las comunidades que la utilizan ancestralmente, erosionando identidades culturales y prácticas comunitarias saludables.
Además, la equiparación jurídica de la hoja de coca con drogas peligrosas da pie a procesos judiciales desproporcionados contra individuos cuyo «delito» consiste en poseer o usar hojas con fines personales, medicinales o rituales.
ICEERS ha documentado extensamente las consecuencias de la criminalización de la hoja de coca sobre personas concretas y ha acompañado directamente, a través del Ayahuasca Defense Fund (ADF), procesos en distintos países que ilustran los impactos desproporcionados que se generan en diferentes contextos geográficos. A continuación se presentan algunos de los casos que hemos apoyado durante esta década, que resaltan los impactos desproporcionados que genera su estatus legal actual.
Caso 1: salud maternal criminalizada
Una ciudadana peruana de 39 años fue detenida en octubre de 2022 en el Aeropuerto Internacional de Cancún por portar hoja de coca en su equipaje. Lo que distingue dramáticamente este caso de uno típico de narcotráfico es su contexto médico, en tanto que esta ciudadana cursaba un embarazo de alto riesgo y su obstetra en Perú le había prescrito estos productos tradicionales como complemento nutricional para su tratamiento.
Al llegar a México, desconocía que portar hoja de coca representaba una práctica ilegal en el país. Los productos que llevaba, aproximadamente 2,5 kilogramos de hojas, estaban empaquetados y contaban con registro sanitario peruano. Para dimensionar la desproporción, según datos de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) se requieren alrededor de 1.000 kilogramos de hoja de coca para producir 1,4 kilogramos de pasta base de cocaína. Pues bien, ella portaba una fracción mínima de esa cantidad, exclusivamente para uso medicinal personal.
Sin embargo, fue tratada como narcotraficante. Fue encarcelada durante días en el centro de reinserción social de Cancún, una prisión que también alberga a condenados por homicidio, robo calificado y violación sexual, sin que se tomara en cuenta su estado de gestación. Posteriormente, quedó bajo arresto domiciliario mientras se llevaba el proceso. El caso finalmente se reclasificó como delito de portación y pudo regresar a su país tras casi un año en México.
Caso 2: un mamo detenido
Un líder espiritual del pueblo kogi de la Sierra Nevada de Santa Marta, en Colombia, viajó a España para visitar a su familia y llevar a cabo prácticas ceremoniales con miembros de su comunidad establecidos en territorio español. Al llegar a Madrid, fue detenido por portar hoja de coca, su medicina tradicional y elemento sagrado indispensable para el ejercicio de su función como autoridad espiritual.
Traía aproximadamente 4,5 kilogramos de hojas destinadas al uso personal ceremonial, una cantidad acorde a una provisión prolongada para uso comunitario no comercial. Las autoridades españolas le imputaron un delito contra la salud pública bajo la premisa de que de esa cantidad «se podrían extraer unos gramos de cocaína».
El análisis toxicológico determinó que los 4,5 kilogramos de coca contenían aproximadamente 20 gramos de cocaína (0,4 % de pureza), valorados por la fiscalía en 1.153 euros en el mercado negro. ICEERS, junto con el abogado Diego de las Casas, brindaron apoyo legal al mamo, argumentando con éxito que la hoja de coca per se no representa un peligro para la salud y que su destino no era la fabricación de cocaína sino el ejercicio de prácticas ceremoniales protegidas por instrumentos internacionales de derechos de los pueblos indígenas. Tras un proceso prolongado —más de un año bajo arresto domiciliario—, aislado en un país ajeno y lejos de su comunidad y tradiciones, el caso fue archivado y el mamo pudo regresar a Colombia.
Caso 3: turismo inocente, castigo severo
Un joven turista británico decidió llevarse de recuerdo unas hojas de coca después de un viaje por Sudamérica, fascinado por sus propiedades para aliviar el mal de altura que había experimentado durante su travesía andina. Al llegar de vacaciones a Bali, Indonesia, las autoridades aduaneras descubrieron unas cuantas hojas de coca en su equipaje durante una inspección rutinaria.
El turista británico desconocía que Indonesia mantiene una de las legislaciones antidroga más draconianas del mundo, donde la sola posesión de sustancias clasificadas puede acarrear largas condenas, incluyendo la pena de muerte para casos de tráfico. Aunque las hojas de coca no iban destinadas a ningún tráfico —pues se trataba de una cantidad ínfima, claramente para uso personal, adquirida como recuerdo turístico—, la sola tenencia fue equiparada al contrabando de estupefacientes.
Un tribunal indonesio lo declaró culpable de importación de sustancias prohibidas y lo condenó a ocho años de prisión. Pasó de ser un turista más a convertirse en un preso en una cárcel extranjera, por una incomprensión cultural y jurídica absoluta. No tenía antecedentes penales previos, no existía intención delictiva alguna, y la cantidad portada era mínima e inadecuada para cualquier propósito de fabricación o distribución de cocaína.
ICEERS, a través del ADF, acompañó el caso brindando información técnica y apoyo a la defensa sobre la naturaleza de la hoja de coca y su distinción fundamental respecto de la cocaína procesada, incluso participando como testigos expertos durante el juicio, aunque las posibilidades de intervención en el sistema judicial indonesio resultaron extremadamente limitadas, dada la rigidez de su marco normativo.
Este caso revela el costo humano de la intolerancia jurídica internacional: una curiosidad turística sin intención criminal derivó en la pérdida de libertad durante casi una década.
Caso 4: buscando salud, hallando persecución
Un oficial de policía retirado de Massachusetts decidió intentar abandonar su adicción al tabaco valiéndose de un método alternativo: consumir mate de coca (infusión de hoja de coca) para mitigar la ansiedad y el síndrome de abstinencia de la nicotina. En países andinos, ésta constituye una práctica conocida y utilizada para apoyar a quienes dejan de fumar, dado el leve efecto estimulante y supresor del apetito que produce la coca, sustancialmente más benigno que los cigarrillos y sin el potencial adictivo de éstos.
Sin embargo, descubrió que en Estados Unidos esta opción terapéutica resulta totalmente ilegal. La infusión de coca contiene cantidades ínfimas de alcaloides, y no genera dependencia ni efectos psicoactivos comparables. No obstante, la legislación estadounidense no establece distinción alguna: la coca es cocaína ante los ojos del sistema jurídico y en algunos Estados acarrea sentencias mínimas obligatorias.
Cuando el policía en retiro intentó importar dos cajas de mate de coca para su proceso de deshabituación tabáquica, los paquetes fueron interceptados por las autoridades aduaneras. Fue investigado bajo cargos potenciales de tráfico de cocaína, se le confiscó el producto, se registró su domicilio y enfrentó un proceso legal prolongado. Acusado injustamente por la importación de 200 gramos de cocaína (equiparando las 200 bolsas de mate de un gramo cada una con la sustancia activa) sufrió la humillación pública y el escarnio de ser tratado como delincuente por intentar mejorar su salud con un remedio natural de uso milenario.
Desde el programa de defensa legal presentamos un dictamen pericial en el que se resaltaba la distinción legal y farmacológica. Después de un largo proceso judicial —y con base en la evidencia ofrecida por la defensa— el juez descartó la acusación de tráfico y de «cocaína», reconoció que se trataba de té/infusión de coca y no de cocaína, quedando sólo una sanción mínima por posesión (delito menor) con un año de libertad condicional y sin antecedentes penales.
Este episodio ilustra lo absurdo de equiparar una planta milenaria utilizada con fines terapéuticos con la problemática que genera la cocaína procesada y la ausencia de marcos normativos ajustados a la evidencia científica.
Estos cuatro casos, en contextos geográficos y jurídicos diversos (México, España, Indonesia, Estados Unidos), retratan un mismo problema de fondo: el régimen prohibicionista actual castiga desproporcionadamente a individuos que no causan daño alguno, vulnerando derechos fundamentales y pasando por alto las diferencias sustanciales entre un uso tradicional o terapéutico y el abuso de drogas con potencial adictivo.
Las historias de estas cuatro personas nos confrontan con una pregunta ineludible: ¿justifica el supuesto fin sanitario de estas leyes —y la presunta protección de la sociedad frente al «peligro» de las drogas— los medios empleados, que en estos casos implican quebrar proyectos de vida, desarraigar identidades culturales e incluso poner en riesgo la salud de las propias personas afectadas?
Como señaló el doctor José Carlos Bouso, «el consumo de hoja de coca no es comparable al consumo de cocaína. No existe evidencia científica de que masticar hojas de coca sea perjudicial para la salud. Más bien, hay evidencia creciente de lo contrario; por ejemplo, su efecto como estabilizador de los niveles de glucosa en sangre, un beneficio de suma importancia con numerosas aplicaciones médicas».
Evidencia científica versus prohibición
Otro aspecto crítico de la decisión de la OMS es la debilidad de la evidencia científica que sustenta la prohibición de la hoja de coca, en contraste con las trabas que dicha prohibición impone al avance del conocimiento. El informe del ECDD reconoce que «el cuerpo actual de evidencia no proporciona una base sólida» para usos terapéuticos, admitiendo simultáneamente que podría haber potencial medicinal por investigar. ¿Qué significa esto? Fundamentalmente, que no se ha estudiado lo suficiente. Y en gran medida, no se ha podido estudiar más a fondo porque la clasificación en Lista I dificulta enormemente la investigación científica sobre la coca.
La hoja de coca fue prohibida internacionalmente sin que mediara en los años 50 un estudio científico riguroso sobre sus efectos. El informe de la comisión de investigación de 1949-1950, utilizado para justificar la inclusión de la coca en la Convención de 1961, fue posteriormente cuestionado por sesgado: aunque reconoció que masticar coca no constituía una adicción (toxicomanía), sino un «hábito», estaba plagado de prejuicios coloniales e ignoró completamente los conocidos beneficios medicinales, nutricionales, sociales, culturales y religiosos de la hoja de coca para las poblaciones andinas y amazónicas.
Esto genera un círculo vicioso epistemológico: no existe evidencia «robusta» porque no se investiga lo suficiente, y no se investiga porque está prohibido por falta de evidencia. Así, la prohibición impide el desarrollo científico y sanitario legítimo de la planta.
ICEERS llama a la coherencia
La decisión reciente de la OMS de mantener la hoja de coca en la Lista I expone las tensiones no resueltas entre un sistema global de control de drogas rígido y la realidad cultural, sanitaria y científica de esta planta milenaria. La medida pasa por alto la disociación necesaria entre coca y cocaína, ignorando que la primera puede usarse de forma benigna sin conducir automáticamente al abuso de la segunda. También contribuye a vulnerar derechos culturales de pueblos originarios, castigar injustamente a personas comunes y frenar posibles avances en salud pública.
Como hemos señalado desde ICEERS: «La hoja de coca permanece atrapada entre sus usos ancestrales y cotidianos y la economía global de la cocaína. La reparación demandada ha sido una vez más postergada».
En ICEERS reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los derechos culturales y de salud en todos los foros, locales e internacionales. Continuaremos trabajando para visibilizar casos legales de quienes enfrentan injusticias relacionadas con plantas tradicionales. La postura asumida por los organismos internacionales invisibiliza los daños directos y colaterales que genera la permanencia de la hoja de coca en la Lista I y legitima las medidas desproporcionadas que asumen los países para su completa criminalización.
Abogamos por un cambio de paradigma donde los conocimientos ancestrales y la ciencia contemporánea dialoguen, y donde las políticas de drogas se encuentren alineadas con los derechos humanos.
Es momento de dejar de confundir la hoja de coca con la cocaína. La comunidad internacional debe reconocer la incongruencia y el absurdo de criminalizar una planta con profundas raíces ancestrales y demostrado bajo riesgo en su uso tradicional. En lugar de prohibición ciega, se requieren enfoques regulados que permitan el uso legítimo, científico y comunitario de la coca, al mismo tiempo que se combaten efectivamente los problemas reales asociados a la cocaína.
ICEERS hace un llamamiento a legisladores, activistas y ciudadanos a unirse en la construcción de políticas más justas, coherentes y compasivas que protejan la salud pública sin pisotear la cultura ni la evidencia científica. Es hora de, finalmente, reconciliar los tratados de drogas con la dignidad y la sabiduría de los pueblos, y que éstos actúen en consonancia con la evidencia científica.
Categories:
Noticias
, ADF
Tags:
coca
, hoja de coca
, OMS